Guía
Kilometraje y registro de viajes en España
Qué te pueden abonar, qué espera Hacienda de un registro de viajes y cómo demostrarlo — como empleado, como autónomo y con coche de empresa.
¿Quieres el registro sin el papeleo? La app de registro de kilometraje MoveJack anota cada viaje automáticamente, sin dispositivo en el coche.
0,26 €
Exento por kilómetro que te abona la empresa
3.744 €
Al año con 1.200 km al mes
6 años
Conservación de libros y justificantes
Empleados
Como empleado
Lo que la empresa puede abonar sin retención y lo que debes poder justificar.
¿Está obligada la empresa a pagar el kilometraje?
La obligación nace del convenio, del contrato o de la política interna, no de una norma general. Lo habitual es abonar un importe por kilómetro recorrido por motivos de trabajo.
Hasta el importe exento no hay retención; lo que exceda se considera retribución y tributa.
¿Cuenta el trayecto de casa al trabajo?
El desplazamiento habitual entre tu domicilio y tu centro de trabajo no se considera desplazamiento de trabajo. Sí lo son las visitas a clientes, obras u otros centros.
Como se tratan de forma distinta, MoveJack separa desde el primer viaje lo que es trabajo, privado o ida al trabajo.
¿Qué tengo que poder justificar?
Que el desplazamiento existió y fue por trabajo: día, destino, motivo y kilómetros. Sin ese detalle, la cantidad puede considerarse salario.
La app guarda sola el día, el destino y los kilómetros; el motivo lo añades tú.
Autónomos
Como autónomo
Gasto deducible, afectación del vehículo y pruebas.
¿Puedo deducir los desplazamientos?
Los 0,26 €/km son el importe exento de las dietas que paga una empresa a sus trabajadores: como autónomo no existe una deducción a tanto alzado por kilómetro, deduces los gastos reales del vehículo afecto. Y la afectación es el punto delicado: para turismos se exige, con excepciones, afectación exclusiva a la actividad.
Por eso conviene revisar tu caso con tu asesor antes de deducir, y llevar el registro desde el principio.
¿Qué viajes son de trabajo?
Los realizados por la actividad: clientes, proveedores, obras, formación o gestiones. Los privados quedan fuera.
En IRPF un turismo no se deduce por partes: o está afecto en exclusiva, o entra en una excepción, o no se deduce. El registro viaje a viaje sirve para acreditar ese uso y para la afectación del 50 % en IVA.
¿Cuánto tiempo guardo los registros?
Cuatro años es el plazo general de prescripción, pero si eres empresario el Código de Comercio te obliga a conservar libros y justificantes seis años desde el último asiento. Exporta a Excel o PDF al menos una vez al año y guarda tú mismo esos archivos en un lugar seguro.
Como MoveJack guarda los viajes solo en tu móvil, guarda esa exportación también en otro sitio. Para recuperar los viajes en la app en un móvil nuevo, crea además un archivo de copia de seguridad en Mis datos.
Registro
Un registro que aguanta
Qué contiene, qué lo debilita y si basta una app.
¿Qué debe contener el registro?
Por viaje: fecha, destino, motivo profesional y kilómetros. Anotar el cuentakilómetros al principio y al final del periodo hace verificable el total.
MoveJack registra hora, direcciones y distancia solo; tú añades el motivo, que ningún dispositivo puede saber, y las lecturas del cuentakilómetros que tomas tú.
¿Qué hace que no lo admitan?
Huecos, cifras redondas repetidas, motivos ausentes y un documento reconstruido meses después. Una hoja de cálculo editable es la forma más débil.
Si el registro no se admite, se pierde la deducción o la exención asociada.
¿Basta con una app?
Una app ayuda porque registra cada viaje en el momento; el motivo y, si hace falta, la lectura del cuentakilómetros los añades tú. Que tu registro concreto se admita lo decide la comprobación de tu caso, no el proveedor — así que no lo prometemos.
Lo que sí prometemos: cada viaje detectado se registra mientras conduces, se queda en tu dispositivo y puedes exportarlo cuando quieras.
Pruébala una semana.
Tres días gratis. Al final de la semana verás lo que ya está registrado.
Esta guía es orientativa y no es asesoramiento fiscal. Lo que vale son los criterios de la Agencia Tributaria y el análisis de tu asesor.